domingo, 23 de diciembre de 2007

Minería y la destrucción de la naturaleza: El caso de Cerro Colorado y la comunidad indígena aymara de Cancosa

Por
Jaime Challapa
Gonzalo Garcés



“…Tras ser auditado con resultado positivo, nuestro Sistema de Gestión Ambiental obtuvo en enero de 2006 la recertificación ISO 14001, la normativa ambiental de mayor reconocimiento en el mundo. Con ello, Cerro Colorado ingresó al círculo de empresas y organizaciones cuyo modelo de gestión cumple con los mas altos estandares de calidad reconocidos en materias medioambientales…”

Compañia Minera Cerro Colorado, BHP Billiton



El yacimiento de la minera se ubica a 120 km. al este de la ciudad de Iquique, en la comuna de Pozo Almonte a unos 2600 msnm. Tiene una producción anual de 125 mil tons. de cátodos de cobre de alta pureza. Posee una reserva estimada en 192 millones de toneladas de cobre.




Cerro Colorado pertenece a la transnacional BHP Billiton, con sede en Australia e Inglaterra. Sus operaciones incluyen la explotación de Aluminio, Cobre, Oro, Diamantes, Petroleo entre otros recursos naturales y se realizan en lugares tan diversos como Perú, Australia, Africa. En Chile tiene sus mas importantes yacimientos de cobre en el mundo, en minera Escondida principalmente y en Cerro Colorado, del que nos referiremos en esta presentación.

Utilización del recurso agua en el proceso minero

En el proceso productivo del cobre:
provenientes de minerales de óxidos y sulfuros

Para el riego de caminos con el objetivo de reducir el polvo en suspensión, como producto de las remociones de material.

Traslado hacia los puertos en mineroductos

Para el consumo, lavado, cocina, etc





De donde se extrae el agua?

El agua se obtiene de pozos de producción ubicados en el sector de Pampa Lagunillas, ubicada a a 4.200 metros sobre el nivel del mar y distante a unos 50 kms. al NE del yacimiento.




Datos históricos: Relación entre comunidad de Cancosa y
minera Cerro Colorado

1981 Perforación en Pampa Lirima, luego de un recurso de protección fueron expulsado de esos territorios.
A fines del mismo año tomaron contacto con algunos comuneros de Cancosa (Máximo, Lorenzo y otros)
En esta ocasión se llego a principios de acuerdo entendiendo, los argumentos del Gerente de ese entonces Sr. Jorge Sibisa, de “Traer Trabajo, Becas, y desarrollo para nuestras gente y Comunidad”.
Comunidad acepta, pero luego de incumplimientos de minera rechaza firmar contrato arriendo
A los días siguientes aparece la publicación en el diario de la solicitud de derechos de aprovechamiento de las aguas subterráneas.
15 de Octubre de 1982 por Resolución N° 425 de la D.G.A. se le otorga 300 Ltrs. Por seg. de las Aguas Subterráneas de la CUENCA de LAGUNILLA

DESENCUENTROS

La Minera compra los derechos del anciano Anastasio Moscoso, dejando a su hijos sin derecho.

La Firma de servidumbre y contrato en paralelo con la comunidad de Lirima, sabiendo que se encotraban en litigio por los mismos terrenos.

El 22 de Julio por Of. 12 se le hace ver en el primer párrafo “Nos sentimos muy desfraudado y molestos por las actitudes realizadas por la Cía.
El 21 de Agosto de 1985 La Cía. Minera se preocupa y responde por Of. 075 y accede a la reunión solicitada, que la llamamos “Reunión Mixta de Mamiña”, según el Acta que se suscribio ante notario.
En el año 2.002 se comienzan a evidenciar la disminución de los niveles de agua de la laguna y la desaparición de las vertientes.
Se conforma una mesa de trabajo bilateral, el que nunca dio garantías ni resultado positivo, el que se rompe el 11 de Noviembre del 2.005


Pasado el año 2000, la minera presenta Estudios de Impacto para aumentar la explotación y producción del mineral. El cuál entre otros manifiesta:


·El uso del recurso hídrico desde Pampa Lagunillas no causará un impacto significativo en el total de agua del acuífero. Sin considerar las recargas por efecto de las lluvias y deshielos, se estableció que éste tiene la capacidad para suministrar agua por 80 años a un caudal de consumo de 90 litros por segundo.

·El ecosistema de Pampa Lagunillas no está en peligro debido a las operaciones de Cerro Colorado. Esto se logró determinar gracias a las evaluaciones encargadas por la compañía a la Universidad Arturo Prat durante el desarrollo del estudio de impacto ambiental.

Asi era Lagunillas



Así quedo...






La minera planteó entonces una solución rápida al grave problema ambiental que habían ocasionado, recargando superficialmente con aguas subterráneas la superficie del humedal, ocasionando una pérdida mayor, pues esto terminó por pudrir el remanente de vegetación, destruyendo completamente la lagunillas. Todo esto fue avalado por estudios de la Universidad Arturo Prat de Iquique.





Reflexiones finales

Vale la pena, sacrificar y destruir ecosistemas completos que dan vida y alimentan a plantas, animales y a una cultura andina altiplánica como lo es la aymara?

Vale la pena acabar con el agua que nos da la vida, por dinero?

Los medios de comunicación no muestran estas situaciones de forma abierta y transparente con la gente, pues aquí hay interes fuertes de por medio, o no?

No dilapidemos nuestro futuro y el futuro de quienes vienen despues de nosotros, si las mineras dicen y quieren contribuir con la sociedad, estas prácticas destructivas del agua no deben continuar. Tienen la tecnología y el recursos económico para encontrar formas alternativas, no tan destructivas como las actuales.

Para que no digamos:

"Esta destrucción del humedal Lagunillas es por gentileza y cortesía de
CERRO COLORADO - BHP BILLITON"

lunes, 3 de diciembre de 2007

54 días... Sexto Comunicado Presos Políticos Mapuches en Huelga de Hambre

Frente a medidas de intervención para resguardar sus vidas que se les quiere imponer, los Presos Políticos Mapuches señalan: “Que frente a estas medidas, hemos decidido mantenernos unidos y resistir a cualquier imposición a la que se nos someta, en la firme decisión de llevar esta movilización hasta lograr nuestras demandas”.

6º Comunicado Publico.

Los Presos Políticos Mapuche recluidos en la cárcel de Angol, informamos al Pueblo Nación Mapuche y a la comunidad internacional lo siguiente:

- Que hoy viernes 30 de noviembre del 2007 cumplimos 51 días en huelga de hambre , demandando nuestra libertad así como la libertad de todos los Presos Políticos Mapuche que están en las distintas cárceles del estado chileno, a su vez, exigimos la desmilitarización de las zonas en conflicto, que afecta a las comunidades movilizadas por sus derechos políticos y territoriales.
- Que a estas alturas de la huelga, nuestro estado de salud se ha deteriorado significativamente producto de la abrupta baja de peso, con consecuencias graves, registradas en síntomas de mareos, problemas visuales, aficciones a riñones y endo vasculares. Situación que ha afectado más a quienes padecen enfermedades anteriores.

- Que de acuerdo a informes médicos, inclusive de gendarmería, hemos llegado a una etapa critica de la huelga, por lo que el tribunal de Temuco ha resuelto aplicar medidas en función de resguardar nuestras vidas, lo que incluiría, traslados a recintos hospitalarios e inyección de suero a la fuerza.

- Que frente a estas medidas, hemos decidido mantenernos unidos y resistir a cualquier imposición a la que se nos someta, en la firme decisión de llevar esta movilización hasta lograr nuestras demandas.

- Dejamos en claro que a la fecha, aún no ha existido el más mínimo pronunciamiento de parte de las autoridades, del gobierno en particular, a quien hemos emplazado desde el principio por que se haga parte directamente e intervenga por una solución real y efectiva a nuestras demandas, que por ser temas político judiciales, competen al ejecutivo. Esto a pesar que ciertos sectores (como la iglesia) se estén pronunciando para mediar en la solución de este conflicto.

- A lo anterior, también queremos denunciar, la fuerte represión de que han sido objeto todas aquellas expresiones de lucha Mapuche que nos han acompañado en esta movilización. En particular de las comunidades movilizadas, así como de las organizaciones Mapuche urbanas que muy dignamente han salido a manifestar su apoyo a la huelga, situación que ya ha registrado cientos de innumerables detenciones y apaleos.

- Por ultimo, hacemos nuevamente un llamado a nuestro Pueblo a seguir en alerta frente a los próximos sucesos en relación as esta movilización.

A todos, WEUWAIÑ KA MARICHIWEU.

Presos Políticos Mapuche – Angol.

jueves, 29 de noviembre de 2007

Mapuche, gente de vida

Article in English click here

Mapuche, es un pueblo originario del sur de Sudamérica, cuyo nombre significa gente o personas de la tierra, y cuya cosmovisión se haya íntimamente ligada a la naturaleza.

El conocimiento que posee la cultura y sociedad mapuche es dado por la Mapu Ñuke Madre Tierra, el cual era y es transmitido a manera de conversación, en los propios lugares de la naturaleza, construyendo y reafirmando así, los lazos con la tierra y su familia.

Cada elemento de la naturaleza, incluido el ser humano y quienes han fallecido, posee un espíritu. Entre estos hay espíritus cuidadores y protectores de la naturaleza, por ejemplo, las rocas y culebras ocupan un lugar importante dentro de la vida mapuche. Aún hoy, se pide permiso al pasar por ciertos lugares que se consideran sagrados, donde se les agradece y pide que proteja la tierra y la familia, pues de no ser así, pueden sobrevenir hechos desafortunados para ellos y sus familias.

La historia del pueblo Mapuche, es una historia llena de lucha por la defensa de la tierra que lleva ya, mas de 500 años. Una lucha que han sostenido desde el intento fallido del inka y españoles por someterles, y después en contra de los intentos genocidas de los gobiernos chileno y argentino, a fines del siglo XIX, los cuales no han cesado en sus intentos por transformar su cultura a imagen de la cultura occidental. En la actualidad, también aparecen en escena los empresarios, que reclamaban, y reclaman aún, a estos gobiernos, que los terrenos de los mapuche se utilicen para desarrollar proyectos económicos, como las actividades forestales de monocultivo, sin preveer ni planificar adecuadamente sus efectos nocivos sobre la salud humana y ecológica.

Antiguamente en el territorio mapuche, no existía la propiedad privada. No existían cercos alambrados ni extensas plantaciones de monocultivos forestales como en la actualidad, sino que eran terrenos de libre desplazamiento, donde se tomaba libremente lo necesario para el sustento que entregaba la Mapu Ñuke.

Los lugares sagrados, como los paliwe y los nguillatuwe, que son espacios donde se ruega, agradece y comparte con los espíritus, aún son respetados y mantienen viva la cultura.

El gobierno chileno ha impulsado a lo largo de la historia, políticas sociales asistencialistas, que han intentado destruir las costumbres propias de La organización social mapuche, la que de este modo ha sido trastocada y modificada, imponiéndoseles modelos desconocidos y desestructurantes. Es esta gente ajena que ha llegado a este lugar, la que no ha sabido comprender y valorar la forma de vida tradicional y les impone nuevos modos de vida.

Hemos dado una breve pincelada a la situación general de la relación estado-empresarios y pueblo mapuche, para hablar de una situación que nos tiene bastante preocupados, la huelga de hambre que llevan a cabo por ya 42 días nuestros peñi (hermanos) y lamgnen (hermana) mapuche, con la que se busca la libertad de todos los presos políticos mapuche de las distintas cárceles del estado chileno, la desmilitarización y fin a la represión hacia las comunidades movilizadas por sus derechos políticos y territoriales. A su vez, la exigencia de finalizar los montajes político-judiciales en contra de dirigentes mapuche.

Se habla de presos políticos mapuche, pues sus demandas étnicas, políticas y territoriales son criminalizadas por el gobierno chileno, haciendo primar su interés y el de los empresarios por sobre la voluntad y desición de las comunidades mapuche. Por estas situaciones, es que Chile ha recibido varias condenas y recomendaciones internacionales para que deje de criminalizar al pueblo mapuche, como la del relator especial de las Naciones Unidas Rodolfo Stavenhagen.

Los y las mapuche no son un pueblo violento como lo hacen ver el gobierno a través de los medios de comunicación, la lucha que dan nuestros hermanos y hermanas, nos dice que no están dispuestos a renunciar a lo mas preciado y hermoso que tenemos: la tierra, la mapu.

Mas información sobre como apoyar:
www.mapuche.info

http://aespo-arica.blogspot.com

Fotografía: www.iadb.orgee
Fuente: Artículo publicado por

http://www.infoderechos.org/es/Mapuche-gente-de-vida


domingo, 25 de noviembre de 2007

El mundo es ancho y ajeno...

[ 11/25/2007] [ ] [ Autor: Cabildo Cerro Tijeras]
Fuente: www.nasaacin.net

Dicen los mayores que un indio sin tierra no es indio. Dice la historia que de La Gaitana a Quintín Lame los indígenas hemos tenido que pelear por nuestros derechos. Dicen los espíritus que la fortaleza está en la acción soportada en la prudente palabra. Dicen los hechos que aquí y allá nos siguen violentando, despojando e incumpliendo por eso, los Pueblos Indígenas del Cauca, las Naciones Originarias de Colombia, no cejamos en nuestra meta de liberar a la madre tierra. Liberarla de aquellos que dicen ser sus dueños sin saber siquiera que la tierra no le pertenece a nadie, se pertenece a si misma.

A nosotros nos fue encomendada la tarea de cuidarla, es así como respondiendo a la directriz del Consejo Regional Indígena del Cauca, los Nasa enarbolamos los bordones de mando y caminamos decidimos a liberar a la Madre Tierra que debe retornar a sus guardianes originales. Este mandato del CRIC fue reafirmado en el recién instalado Parlamento Indígena Popular que insta no solo a las comunidades indígenas sino a todas en general a que caminemos en pos del mismo propósito, tal como viene ocurriendo con los resguardos de Munchique Los Tigres, Quizgó, Jevalá y Polindorá, Paleterá, Huellas, Poblazón, así como en Pitalito y San José de Itsnos.

El Cabildo Indígena de Cerro Tijeras siente el vibrar de la tierra y por eso estamos liberando también las fincas La Carolina y El Canadá (municipio de Suárez) que fueron adquiridas en condiciones bastante ventajosas por parte de la empresa Cartón de Colombia, que con dinero en mano viene comprando tierras por doquier y desplazando a familias y comunidades enteras, a la usanza de los terratenientes. Por eso estamos aquí, dispuestos a permanecer en las tierras que años atrás producían comida para muchas familias. Al igual que ella, otras tantas empresas hacen lo propio movidas por la fiebre minera que está sumiendo en la miseria infinita a las poblaciones.

Ante el incumplimiento de los acuerdos por parte del gobierno nacional para con los indígenas, las acciones de hecho son nuestra única salida. Desde ya le exigimos al gobierno y a las fuerzas militares y de policía que no recurran a su peligrosa y baja estrategia de estigmatización y señalamientos. Desde ya les decimos que efectivamente nuestras comunidades están infiltradas: por justas razones, por valerosas mujeres, por la sangre derramada por otros tantos en iguales luchas, por los niños que desde pequeños aprenden a pelear, por los espíritus del bosque que saben de nuestro sufrir, por los médicos tradicionales que no paran de mambear, por las y los mayores que nos han marcado el camino, por los jóvenes que quieren poder ser en la tierra que los vio nacer.

Todos somos indios. Esta pelea no es tan solo por nosotros. A cada cual nos han despojado o lo están haciendo de nuestros más preciados bienes. Es hora de que nos levantemos hasta recuperar lo hurtado, debemos romper el miedo.

jueves, 22 de noviembre de 2007

MUESTRA DOCUMENTAL

“REIVINDICACIONES ÉTNICAS Y TERRITORIALES EN LATINOAMÉRICA: LA SITUACIÓN DE LOS PUEBLOS, NASA EN COLOMBIA Y MAPUCHE EN CHILE



SOMOS ALZADOS EN BASTONES DE MANDO

(de Tejido de Comunicación de la Asociación de Cabildos Indígenas del Norte del Cauca [2006])
Duración: 22 minutos


Muestra el proceso de resistencia de los pueblos indígenas y las organizaciones sociales y populares de Colombia durante la Cumbre Nacional Itinerante realizada en Mayo del 2006, en la cual hubo diversas marchas, movilizaciones y bloqueos en diferentes puntos del país para exigirle al gobierno que no firme el Tratado de Libre Comercio con los Estados Unidos y que cumpla con los acuerdos firmados con los pueblos indígenas 20 años atrás




DOCUMENTAL SOBRE LA COMUNIDAD JUAN PAILLALEF Y LA DEFENSA DE SU TIERRA

(de JAN JANSEN [2007])
Duración: 13 minutos

Documental sobre la lucha de la comunidad mapuche Juan Paillalef por los derechos sobre su tierra, que tiene que ver con el robo de tierras por parte del gobierno chileno y latifundistas. Como resultado, muchos miembros de la comunidad están encarcelados en engorrosos procesos judiciales.


Martes 27 noviembre 2007

17:05

SALA EVENTOS FACSAE

UTA - Arica


Invitan: CARRERA DE ANTROPOLOGÍA Y ARQUEOLOGÍA – UTA

ASOCIACIÓN DE ESTUDIANTES DE PUEBLOS ORIGINARIOS

Consultas al mail: aespo.uta@gmail.com
o al celular: 09-9950712

miércoles, 21 de noviembre de 2007

42 días, cuanto mas señora Bachelet!

COMUNICADO PUBLICO Nº 5

Los familiares, voceros y comunidades de los Presos Políticos Mapuche en Huelga de Hambre en la Cárcel de Angol, a solicitud de ellos y dado su crítico estado de salud, comunicamos a la Nación Mapuche, al Pueblo chileno y a la opinión internacional lo siguiente:
Que, nuestros familiares, Prisioneros Políticos Mapuche del Estado Chileno, han cumplido 40 días en huelga de hambre, con un evidente deterioro de su salud y una baja de peso de entre 15 y 20 kilos.
Que lo anterior, ha sido confirmado por un informe elaborado por el médico enviado, especialmente, por la Dirección Nacional de Gendarmería, en el que se manifiesta que los huelguistas han entrado en una "fase critica". Razón por la cual, Gendarmería Regional ha interpuesto un Recurso de Protección en el Tribunal de Temuco, Novena Región, el que fue acogido. Este da cuenta de que los huelguistas estarían atentando en contra de su vida por lo que se tomaran medidas con el objeto de evitar un desenlace fatal.
Que por lo anteriormente expuesto, queremos denunciar que pese a estos hechos evidentes y objetivos, el Gobierno Chileno encabezado por la Presidenta Michelle Bachelet, en una actitud insensible y obstinada, aun guarda silencio. Evidenciamos que, hasta la fecha, el Gobierno Concertacionista, no ha hecho el más mínimo esfuerzo de acercar posiciones frente al justo emplazamiento de los huelguistas. Cuestión que sólo viene a confirmar el evidente compromiso del Gobierno Chileno con el empresariado capitalista que día a día nos despoja de nuestros territorios, y arremete en contra de nuestras comunidades.
Que tales demandas están dirigidas al Poder Ejecutivo para que este intervenga y de paso a soluciones efectivas para la libertad de los Presos Políticos Mapuche, principalmente, a través, del desprocesamiento de las causas; y a la vez, el retiro inmediato de las fuerzas especiales de carabineros emplazadas en nuestros territorios.
Que al mismo tiempo, hasta hoy, tampoco ha existido un pronunciamiento público de algún personero o institución que ofrezca su mediación y quiera oficiar de garante para dar solución a este conflicto.
Que ante esto hacemos un llamado a nuestro Pueblo y a la sociedad civil
chilena a presionar con fuerza para establecer los mecanismos adecuados que permitan una salida digna a este conflicto.
Por ultimo convocamos a la Naciòn Mapuche y a todos los sectores honestos y consecuentes, del Pueblo Chileno y del Mundo, a pronunciarse y generar un sin fin de movilizaciones, a manifestarse y endurecer las acciones hasta lograr la
Libertad de todos los Presos Políticos Mapuche y la Desmilitarización del Territorio Mapuche.
Chaltu may
¡¡¡¡WEUWAIÑ!!!!

viernes, 16 de noviembre de 2007

Gobierno de Chile encarcela a autoridades originarias Mapuche

A través de violentos allanamientos y actos en contra de los derechos humanos, el gobierno chileno encarcela a nuestras autoridades tradicionales.

No aceptamos ni permititremos que estas situaciones queden impunes, el mundo debe saber lo que pasa en el verdadero Chile, que no es ni jaguar económico ni modelo a seguir por otros países.

NO MAS REPRESEIÓN Y VIOLENCIA ESTATAL.

BASTA DE PROTEGER INTERESES ECONÓMICOS DE UNOS POCOS.

A continuación reproducimos el comunicado:

COMUNICADO PUBLICO

Frente a la actual situación que se encuentra viviendo el pueblo mapuche en relación a las constantes agresiones y violaciones de sus derechos como pueblo y a la falta de reconocimiento de su estructura social, política y cultural, las autoridades tradicionales mapuche de las comunidades de Rofue de la comuna de Padre las Casas, de Zullinko, comuna de Freire y de Ragintuleufu en la comuna de Nueva Imperial, comunican y denuncian los siguientes hechos a la opinión publica nacional e internacional.

1 .-En la madrugada del día viernes 9 de noviembre, las autoridades tradicionales mapuche, machi Pascual Catrilaf Curiche, el zugumachife, Patricio Catrilaf Curiche, el tayilfe Jesús Curiche, el Lonko Miguel Curiche, el guillatufe Moisés Curiche, y el yankan Martin Damián Curiche Curiqueo, todos pertenecientes al territorio de Ragintuleufu, comuna de Nueva Imperial fueron violentamente allanados en sus domicilios y posteriormente traslados en calidad de detenidos por efectivos policiales pertenecientes a la 4º Comisaria de Nueva Imperial en la novena Región. Las autoridades tradicionales no fueron respetadas ni en sus derechos civiles como tampoco en sus roles tradicionales que demanda un trato distinto en la cultura mapuche. El accionar extremadamente violento que aplicó carabineros al momento de allanar los hogares, fue absolutamente desproporcionado a los hechos, no respetando en absoluto la religión mapuche en tanto efectivos de carabineros arraso y destruyó sus instrumentos espirituales tales como kultrun, cuchillos, weske, Rewe y todo lo competente a la actividad religiosa de las autoridades ancestrales mapuche.

2 .-Posteriormente, para efectos de informarse sobre la situación, se presentaron en la 4º Comisaria de Nueva Imperial, el Machi Fidel Lautaro Tranamil Nahuel de la comunidad José Jineo Ñanco, de Rofue, comuna de Padre las Casas y el Lonko Diego Saldivia Manquilef del sector Zullinco, comuna de Freire, quienes, informados por los familiares de los detenidos de la situación, se aprestaron a apoyar a sus hermanos mapuche. Sin embargo, al momento de presentarse a la policía como autoridades mapuche, carabineros procedió a detenerlos e ingresarlos al interior del recinto policial, para luego golpearlos violentamente, ejerciendo torturas y maltratos físicos mientras los insultaban en forma racista señalando que “ para nosotros la religión y cosmovisión mapuche no vale ni sirve para nada… todos los mapuche son unos delincuentes…todos ustedes deben ser eliminados.”

3.- Luego de 4 horas de privación de la libertad y de maltratos físicos y psicológicos, el machi Lautaro Fidel Tranamil y el Lonko Diego Saldivia Manquilef, fueron dejados en libertad por no existir acusaciones formales en su contra. Para efectos de dejar constancia de las lesiones y heridas provocadas, las autoridades mapuche se dirigieron al hospital Intercultural de Nueva Imperial, en donde el personal médico constató el daño provocado por la brutal golpiza que recibieron de parte de los efectivos policiales de Nueva Imperial.

4.-Durante la tarde del día viernes 9, las autoridades mapuche fueron trasladados a la cárcel pública de Nueva Imperial permaneciendo recluidos por cargos de “robo con violencia” que existirían en su contra. Dichos cargos han sido presentados por personas, quienes amparados en la persecución y represión que efectúa el estado chileno a través de sus aparatos policiales, buscan descalificar y criminalizar el trascendental rol que ejercen las autoridades y personalidades tradicionales mapuche, en el actual contexto de ejercicio y demanda de sus derechos religiosos, culturales, sociales y políticos.

5 .-Cabe señalar que el machi Pascual Catrilaf, quien permanece recluido en la cárcel publica de Nueva Imperial, en su calidad de autoridad religiosa dependiente de las fuerzas naturales que le otorga su espacio sagrado que es el Rewe, no debe permanecer fuera de su comunidad ni estar alejado de su Rewe. Las personas que han propiciado esta demanda, además de lucrarse económicamente con la accion, buscan provocar una situación, que, de no remediarse con la libertad inmediata del machi podría tener consecuencias irreparables.

Frente a los hechos anteriormente mencionados, queremos denunciar que esta acción violentista efectuada por organismos policiales del estado chileno y propiciadas por personas afines al gobierno de la concertación, no están aisladas de la constante represión e injusticia que implementa el actual sistema estatal chileno, cuyo objetivo central es reprimir y exterminar a todo un pueblo junto a su religión y cultura actuando con una violencia, racismo y prepotencia desmedida, buscando generar el temor y miedo en nuestro pueblo, al igual que lo hicieran en los tiempos de la dictadura.

.-Denunciamos y rechazamos los abusos cometidos en contra del Machi Fidel Lautaro Tranamil de Rofue, comuna de Padre las Casas y del lonko Diego Saldivia Manquilef, quienes sufrieron vejaciones y maltratos no solo físicos y sicológicos sino que también atentaron contra su rol de autoridad religiosa, lo cual constituye una grave violación a la normativa religiosa y cultural mapuche.

.- Exigimos que se depongan estos actos de montaje y persecución política y religiosa al machi Pascual Catrilaf Curiche, el zugumachife, Patricio Catrilaf Curiche, el tayilfe Jesús Curiche, el Lonko Miguel Curiche, el guillatufe Moisés Curiche, y el yankan Martin Damián Curiche Curiqueo y que sean dejados en libertad inmediata por no existir ninguna prueba concreta en su contra.

Hacemos un llamado al pueblo mapuche para que no se deje amedrentar por estas acciones represivas que se están implementando en contra de nuestro pueblo y llamamos a la sociedad chilena a expresar su solidaridad y apoyo a un pueblo y una cultura que esta viviendo no tan solo la usurpación de sus territorios en manos de intereses económicos privilegiados sino que también esta sufriendo la persecución ideológica hacia su religión y cultura desde las instituciones represivas chilenas.

Familia Catrilaf Curiche

Territorio Ragiñtuleufu

Lautaro Fidel Tranamil Nahuel

Machi territorio Rofue

Longko Diego Saldivia Manquilef

Territorio Zullinko

Temuko, 14 de noviembre 2007.

Fuente: www.mapuexpress.net

miércoles, 7 de noviembre de 2007

A 5 años del asesinato de Alex Lemún, weichafe Mapuche


A EDMUNDO ALEX LEMUN SAAVEDRA

Joven cóndor del siglo 21, tenía 17 años.

Hijo de Leftraru, lo mataron en noviembre del 2002.

Guerrero sin balas, combatiente desnudo, ave de gran vuelo, le quitaron la vida, le quitaron los sueños.

Hombre de corazón múltiple cruzaste un vendabal.

Una bala cinco días en su cráneo se alojó,
un carabinero de la nación, sin piedad, sin razón, riendo la disparó.

Hoy tu nombre está en la memoria, en la melodía del trovador,
en las palabras de mis poemas, ¡¡en la impunidad el que mató!!
(Poema de nuestra hermana Mapuche Eliana Pulquillanca Nahuelpán)

lunes, 29 de octubre de 2007

Hermanos Lickanantai (atacameños) derrotan a Compañia Minera Escondida

Desde Arika, felicitamos a nuestr@s herman@s lickanantai por esta victoria en defensa de nuestra madre tierra.
A continuación reproducimos su carta de agradecimiento:

Felicitaciones y reflexiones por el proyecto Pampa Colorada
Toconao 24 de octubre de 2007, la comunidad atacameña de Toconao agradece a todas la personas y dirigentes de la comunidad de Toconao (Guillermo Gonzalez, Marco Rojas , Ernesto cerda), Peine (Oriana Mora, su presidenta, secretaria y miembros de sus comisiones ) a Socaire (Aliro Plaza) y otras instituciones que apoyaron el rechazo del proyecto "extración de agua pampa Colarada" de la empresa HP Billiton ya que este fue un duro trabajo en contra de la transnacional que quizo comenzar a usufructar y saquear del patrimonio de nuestras comunidades lickantay, aprovechandose de sus necesidades del desconocimiento de nuestra gente, tratando de usar su dinero para quitarnos uno de nuestros mas valiosos recursos "EL AGUA" también le decimos a las personas de la COREMA que votaron en contra de éste nefasto proyecto que fue una sabia decisión por la vida, la pacha, la puri.

Para los directores de servicios públicos que aprobaron o se abstuvieron, que estaran siempre en nuestras mentes como entes traidores y no bienvenidos a las tierras lickantay por su doble discurso.
Siempre tuvimos fe que mientras las comunidades esten unidas se podrá lograr detener el saqueo de nuestros recursos naturales, ya no estamos solos daremos la lucha por nuestros territorios y recursos naturales estamos dejando de ser comunidades desvalidas, estamos en procesos de fortalecimiento y crecimiento; Notese que no estamos en contra del desarrollo y crecimiento de nuestro país pero estamos convecidos que no será a costa de sacrificar nuestra cultura, nuestro ser de tiempos inmemoriables, de nuestra gentes y nuestra forma vida, éste es una camino largo y tortuoso en contra de un Estado que sólo tiene leyes adversas y discriminatorias en contra de nuestro linaje indigena pero estamos aprendiendo a usar las armas del intelecto del pensamiento de los derechos humanos básicos y usaremos todo para defendernos de las mineras y transnacionales.

Que esta hazaña quede en las mentes de todos nuestros hermanos que los judas de los servicios públicos dejen de darnos palmadas en el dorzo y nos animen a dar la lucha mientras nos dan el puñal por la espalda, mejor es no decir nada, no pronunciarse ya que ante una sonrisa falsa es preferible un gesto de desprecio que los dignifica.
El Tatio será nuestro próximo objetivo, otro proyecto que sólo pretende llevar crecimiento para unos pocos, a costa del riesgo de quitarnos el sustento turístico sustentable de todos nuestros hermanos de San Pedro de Atacama, indigenas y no indigenas de todas las comunidades del sur de Atacama, de las comunidades del Alto el Loa que ven como una vez más intentan robarles el agua, el seno de un potencial turistico creado por el mismo estado.
UN ABRAZO SINCERO Y FRATERNAL DE TODO EL DIRECTORIO DE LA COMUNIDAD ATACAMEÑA DE TOCONAO.

domingo, 28 de octubre de 2007

Empeora la salud de nuestros hermanos mapuche en huelga

Reproducimos a continuación el estado en que se encuentran nuestr@s herman@s mapuche que día a día luchan por sus el respeto a sus derechos...

Fuente: The Associated Press


SANTIAGO DE CHILE --La salud de cinco indígenas mapuches que mantienen hace 18 días una huelga de hambre para presionar por una condena judicial, empeoró gravemente, según voceros del grupo.

Los cinco están detenidos en la cárcel de Angol, 575 kilómetros al sur de Santiago.

"Algunos están bastante mal, han bajado harto de peso, sienten mareos y no tienen fuerzas para caminar", dijo la abogada Verónica Reyna el domingo a radio Bío Bío.

Jaime Marileo, José Huenchunao, José Millalén, Héctor Lientur y Patricia Troncoso, fueron condenados en agosto del 2003 por violar la Ley Antiterrorista al incendiar el fundo Poluco Pidenco, de propiedad de la forestal Mininco.

Angélica Llancupil, otra vocera del grupo, dijo que la huelga de hambre también busca presionar por la libertad de los presos políticos mapuches.
El gobierno de la presidente Michelle Bachelet considera que no se trata de presos políticos perseguidos por sus ideas o por ser mapuches, sino que de personas que cometieron ilícitos, como incendiar casas y vehículos.

El abogado Federico Aguirre dijo que juzgar a los mapuches por violar la Ley Antiterrorista busca "imponer sanciones desproporcionadas por los hechos en los que se los ha investigado y sancionado".

Otro vocero, Pablo Levio, agregó que la huelga de hambre "también obedece a que las comunidades mapuches están constantemente militarizadas con gran presencia de carabineros (policías)".

"Ellos tomaron esta decisión y aseguraron que la mantendrán hasta las últimas consecuencias", añadió Levio.

El 2006 Troncoso y Marileo protagonizaron otra huelga de hambre durante 63 días.

Los mapuches son la principal etnia que hay en Chile, y luchan para obtener la devolución de territorios ancestrales que les fueron arrebatados por los conquistadores españoles luego de tres siglos de lucha y por acciones de los gobiernos de fines del siglo XVIII y comienzos del XIX.

domingo, 21 de octubre de 2007

Encuentro de Pueblos Indígenas de América


Rancho El PeñascoTerritorio de la Tribu Tohono Odam


Buenas tardes.

Nosotros queremos agradecer antes que nada a la familia Monroy, que es la que condiciones heroicas está manteniendo este rancho, este lugar de hospedaje y de aprendizaje, para los niños y niñas y los jóvenes de este país y de otras partes del mundo, sobre la importancia del cuidado y del respeto a la naturaleza.

Hace un año estuvimos aquí en octubre, en el noroeste de México en Sonora. Y fue la palabra del Tohono Odam que nos llamó la atención sobre lo que está sucediendo en esta tierra. Fue indígena y fue mujer la voz que nos habló: Ofelia Rivas.

Fue la que nos empezó a hablar sobre lo que está ocurriendo con La Madre Tierra, el aire, el agua, los animales, que es lo que nosotros llamamos La Madre Naturaleza.Y nos decía que las fronteras y el dinero habían partido el territorio indígena, y que eso estaba destruyendo entre otras cosas una de las zonas más ricas en biodiversidad que existe aquí en el mundo que se encuentra en Sonora, que es el desierto.

Cuando llegó el dinero, privatizó los centros ceremoniales, en los que nuestros sabios y los más mayores de nuestras tribus lograban equilibrar el mundo y la naturaleza. Todas las desgracias que vendrán, nos dijo ella, tienen que ver con que se ha perdido el respeto a La Madre Tierra, y se ha convertido en una prostituta, que se vende a quien tiene dinero.

Quienes están encargados de cuidarla: Los Pueblos Indios, han sido atacados y exterminados. El Tohono Odam, el Pápago es extranjero en su propia tierra. Lo mismo la nación Coomcaa el Seri, el Pima, el Mayo Yoreme, y el Yaqui. Dos veces invisibles para el dinero. Invisibles a la hora que no producen y no compran, no tienen tarjetas de crédito. Y invisibles también a la hora de sus derechos.

Fue en Sonora donde descubrimos a los Pueblos Indios del Norte de México. Y apenas unos meses después de estas palabras de Ofelia Rivas, vino la naturaleza a pasar la cuenta, aquí en Sonora, en México y en todo el continente.

Empezaron a ocurrir catástrofes naturales fuera de tiempo y fuera de lugar. Y despues de muchos años Sonora sufrió el embate de un ciclón o de un huracán que destruyó las casas y los bienes de mucha gente pobre. Como si la naturaleza estuviera advirtiendo lo que va a venir después si no hacemos algo.

Al mismo tiempo que esto ocurre se nos está vendiendo una mentira allá arriba. Para los de allá arriba y para mucha gente, los pueblos indios de norteamérica son los que presenta el cine de Hollywood. Son los extras que sirven para que los gueros se luzcan a la hora de matarlos. O son la forma de reirse como si fuera un títere o un payaso el indígena aquí en México. Como si fuera la imagen de un criminal el indígena de norteamérica y como si fuera la imagen de un haragán el indígena de México.

Uno de los propósitos de este encuentro es romper con esa imagen falsa de nosotros mismos. No estamos acudiendo a los especialistas o a los libros para conocer al pueblo indígena norteamericano, sino a los propios líderes, jefes y delegados de esas tribus.

En estos días y en estas horas cientos de pueblos indígenas de todo el continente a través de sus delegados están atravesando las tierras, los aires y los mares de estos continentes, para congregarse en Vicam territorio de la tribu Yaqui aquí en Sonora.

La parte más importante de este encuentro es que nuestra voz como pueblos indígenas sea escuchada por los demás que podamos nombrar nosotros mismos nuestros dolores y podamos empezar a ponerle nombre a la medicina.La misión que tenemos como pueblos indios es sencilla: salvar el mundo.

No se trata aquí de quien tiene y quien no tiene. Las recientes catástrofes naturales que azotan al continente y al mundo no se fijan en las cuentas del banco para la hora de destruir, ni la filiación política, ni la creencia religiosa, ni el color de piel.

Lo que nosotros sabemos es que el gobierno usa esas catástrofes para hacer declaraciones a los medios de comunicación, pero no para resolver el problema.

Nosotros pensamos que es la gente de abajo, los pueblos indios del continente y la gente de todos los colores que está junto con nosotros, a los que nos corresponde hacer algo para devolver a la tierra el honor que nos ha dado, que es el de vivir.

Es una señal, una buena señal, que el encuentro de los Pueblos Indios de norteamerica, inicie en territorio del Tohono Odam, e inicie el día en que un hombre soñó con la unidad de este continente a la hora de morir: Ernesto Che Guevara. Tenemos mucha esperanza en su palabra, en lo que vamos a aprender. Y esperamos que mucha gente en el mundo, en los medios de comunicación, y en todos los rincones de este planeta aprenda junto con nosotros de su palabra, de su historia, de sus dolores, y de la medicina que será colectiva o no será.

Gracias.

Palabras del subcomandante Marcos.

Mas información de este encuentro la pueden encontrar en:

miércoles, 3 de octubre de 2007

Aymaras versus minera trasnacional



AMBIENTE-CHILE:

Aymaras versus minera trasnacional
Indígenas demandan a minera por daño en bofedal

Una demanda en contra de la empresa minera Cerro Colorado por daño ecológico irreversible ocasionado en el sector Huantija, en Lagunillas, interpuso la comunidad indígena de Cancosa en la Corte de Apelaciones de Iquique. La acción judicial fue presentada por el abogado Jaime Silva, quien busca a través de la demanda que se indemnice económicamente a la comunidad indígena y que el daño sea reparado por los perjuicios que ha ocasionado la actividad de la empresa minera en los afluentes de agua y, por ende, en el desarrollo de sus actividades productivas. Recientemente, la Corema aplicó una multa de 47 millones de pesos a la Minera Cerro Colorado por el impacto ambiental producido por sus faenas.

Cancosa defiende su patrimonio cultural, es por eso que se adjunta la pagina donde se da a conocer la situacion en la que se encuentra la comunidad con la compañia minera con la cual existe el conflicto de daño ambiental por parte de la minera el cual es irreversible.





PICA, Chile, jul (IPS) - La comunidad aymara de Cancosa, en el altiplano chileno de Tarapacá, fronterizo con Bolivia, no cejará en su lucha por rehabilitar un humedal que fue desecado por la Compañía Minera Cerro Colorado (CMCC), filial de la anglo-australiana BHP Billiton.


Un lamento se le escapa a Antonio Mamani, dirigente de Cancosa, al ver el estado de las vegas y bofedales de la cuenca de Lagunillas, donde se bañaba cuando niño y donde hasta hace poco pastoreaban sus llamas y alpacas. Las vegas son tierras húmedas y los bofedales son ciénagas de páramo, ambientes típicos de humedal de la puna andina. En 2005, la gubernamental Dirección General de Aguas (DGA) estableció que este ecosistema se había secado por la extracción de agua subterránea realizada por la explotadora de cobre CMCC. Miembros de la comunidad de Cancosa, en la comuna de Pica, 170 kilómetros al este de la ciudad puerto de Iquique, aseguran poseer títulos de propiedad sobre ese vasto territorio, confirmados a IPS por Bob Brkovic, abogado de la gubernamental Corporación Nacional de Desarrollo Indígena (Conadi) de Tarapacá. Las vegas y bofedales, que se nutren de aguas superficiales y subterráneas, están legalmente protegidos desde 1992 ya que sirven de forraje y abrevadero de vicuñas, guanacos, llamas y alpacas, principal sustento de muchas comunidades indígenas aymaras, quechuas y atacameñas. Aunque Cancosa se compone de más de 80 familias, unas 350 personas, en la aldea en plena cordillera de los Andes, a 3.962 metros sobre el nivel del mar, hoy no quedan más de 10 integrantes. Otros 20 indígenas visitan el lugar para cuidar su ganado y sus plantaciones de quínoa, una planta alimenticia. Uno de ellos es Antonio Mamani, quien entre 1994 y 2000 se desempeñó como subdirector nacional de la Conadi y hoy trabaja en Iquique como secretario ejecutivo de la Asociación de Municipios Rurales de Tarapacá. El resto han emigrado a zonas urbanas en busca de trabajo y educación para sus hijos. Pero, pese a su disgregación física, la comunidad ha estrechado lazos para defender parte de su territorio, que aspiran volver a ocupar. AYUDA MUTUA La relación con CMCC partió en los años 80, cuando la minera era de propiedad de la canadiense Río Algom. Tras la privatización de los derechos sobre los recursos hídricos dispuesta en 1981, la empresa solicitó derechos de aprovechamiento de agua por 300 litros por segundo del acuífero de la cuenca de Lagunillas, propiedad de Cancosa. Según Mamani, CMCC se acercó a los aymaras para entablar una relación de "ayuda mutua": la minera apadrinó a la comunidad y ésta le arrendó en 1991 el predio Huantija por un periodo de 30 años. La suma pactada fue de 6.000 dólares anuales, cancelada en cuatro cuotas trimestrales, que al cabo del periodo sumarán 180.000 dólares. Los aymaras utilizan ese dinero para diferentes proyectos de desarrollo y actividades culturales. La comunidad aceptó que CMCC realizara "trabajos de exploración tendientes a encontrar agua subterránea" e instalara los pozos necesarios para "alumbrarla". La única "limitación" era la prohibición de efectuar faenas en las vertientes y en la enorme laguna de Huantija aledaña al bofedal. CMCC, productor de 116.000 toneladas anuales de cátodos de cobre que extrae de un yacimiento a cielo abierto, comenzó sus operaciones en 1994. El agua que saca del acuífero de Lagunillas a través de tres pozos es trasladada por un acueducto de 76 kilómetros hacia la mina ubicada en la vecina comuna de Pozo Almonte. En 2000, la empresa fue adquirida por la británica BHP, que en 2003 se fusionó con Billiton. Y en 2002, la comunidad notó que el nivel de agua de la laguna había bajado y que las cinco vertientes de agua dulce y el bofedal se habían secado. "Nos sentimos engañados", exclama Mamani. La DGA constató en febrero de 2005 "un manifiesto daño ambiental sobre casi la totalidad del bofedal de Lagunillas". "Las especies que conforman el sistema vegetacional han muerto en grandes sectores del bofedal y en otros su condición es paupérrima", dice un informe del organismo. "El estado de degradación" era tal que "su autorrecuperación o recuperación natural ya no es posible", remarcó la DGA, y consideró que "existe suficiente evidencia que demuestra que se estaría ante una desecación del humedal debido a las extracciones de agua subterránea que realiza CMCC en la cuenca", pues el acuífero bajó en ocho metros su nivel. CMCC, que dice bombear 125 litros de agua por segundo, no reconoce su responsabilidad. La afectación del bofedal se debió a una inundación causada por las altas precipitaciones de 2001, "evento natural que se combinó con un efecto producto del bombeo, el que principalmente tuvo consecuencias en el flujo natural de las vertientes", indicó una fuente de la empresa a IPS. En marzo de 2005, la DGA recomendó a la Comisión Regional del Medio Ambiente (Corema) de Tarapacá iniciar un proceso de sanción contra CMCC por incumplimiento de obligaciones ambientales. La minera se había comprometido a vigilar el comportamiento de la cuenca y a informar inmediatamente de algún impacto no previsto con el fin de revertirlo. No fue hasta febrero de 2006, casi un año después, que la Corema resolvió castigarla con las multas más elevadas (40 millones de pesos, unos 80.000 dólares) y enviar los antecedentes al Consejo de Defensa del Estado (CDE) para demandar judicialmente la acción de reparación de daño ambiental. Tras un año de alegatos de la empresa, en mayo de 2007 la Corema --integrada por autoridades locales, representantes de la ciudadanía y organismos técnicos-- decidió de forma unánime mantener la multa, pero, en votación dividida, no remitir el caso al CDE. La intendenta (representante del gobierno nacional) de la región de Tarapacá y presidenta de la Corema, Antonella Sciaraffia, dijo a IPS que se decidió no requerir la actuación del CDE porque los "organismos técnicos" evaluaron "positivamente" el sistema de mitigación que CMCC inició en el sector hace un año, pese a que, paradójicamente, éstos votaron a favor de seguir acciones legales. "El principal (resultado del plan) es que hay una reactivación de la vegetación en más de 60 por ciento del área del bofedal afectado, además de un aumento en la cobertura" vegetal, aseveró a IPS la minera. "Junto con ello, estamos aplicando pruebas de propagación vegetacional asistida y vamos a evaluar la reubicación del pozo más cercano al bofedal hacia un punto más lejano", agregó. Pero la directora de la Comisión Nacional de Medio Ambiente (Conama) en Tarapacá, Sandra Peña, explicó a IPS que el bofedal se dividió en varias parcelas y que en sólo una de ellas se observa una recuperación. Además, Peña puso en duda la efectividad de este "círculo cerrado", dado que esa mitigación del daño implica el riego artificial de las vertientes con agua que la empresa bombea desde el mismo acuífero afectado. "Yo no soy tan optimista como la empresa", aclaró. Más aún, este plan todavía no ha sido aprobado por la Corema, proceso que podría durar un par de meses, y en el que se determinará si el humedal puede ser rescatado, de qué forma y en qué plazos, indicó la autoridad. Asimismo, de oficializarse el proyecto, la empresa deberá dejar establecido en algún documento legal que se preocupará de la reparación del sector después de terminadas sus operaciones en 2016, añadió Peña. La empresa asegura que su plan es a corto, mediano y largo plazo, inclusive más allá del fin de la explotación de cobre. ÚLTIMAS CONSECUENCIAS Desilusionada por la lentitud de los organismos públicos, la comunidad de Cancosa, dotada de personería jurídica desde 1995 de acuerdo con la Ley Indígena de 1993, presentó dos demandas contra CMCC. La primera es por indemnización de perjuicios por daño ambiental (por 40 millones de dólares), interpuesta el 25 de abril de 2006, y la segunda es por reparación de daño ambiental, entablada el 18 de abril de 2007. En ambos casos la discusión de fondo está paralizada por la presentación de recursos dilatorios de la empresa, aseguró a IPS Rodrigo Muñoz, abogado que representa a los aymaras. Ambos procesos pueden demorar hasta nueve años en obtener un fallo definitivo. Pero Muñoz y Brkovic creen que la comunidad obtendrá una sentencia favorable por la contundencia de los informes de la DGA, la jurisprudencia que se ha sentado en los últimos años a favor de los pueblos indígenas y el alto grado de movilización de la comunidad, que cuenta con varios profesionales entre sus miembros. Nancy Yánez, co-directora del Observatorio de Derechos de los Pueblos Indígenas, que apoya a otras cinco comunidades del norte con problemas parecidos, aseguró a IPS que el caso de Cancosa "es emblemático porque es una muestra de cómo opera la minería en el altiplano". Lucio Cuenca, director del Observatorio Latinoamericano de Conflictos Ambientales (Olca), dijo a IPS que "no se puede desarrollar minería en cualquier lugar. Es hora de ponerle límites", pues cada día hay más proyectos que se instalan en la alta cordillera, cerca de glaciares o nacientes de cursos de aguas. Para la Conadi, la relación entre las mineras y las comunidades indígenas ha sido "nefasta", pese a la gran cantidad de recursos que entregan, porque han creado conflictos entre los grupos que reciben apoyo y los que no, generando un cierto grado de "subordinación". Cancosa no se niega a un acuerdo con la minera para recuperar el bofedal, pero esto depende de la voluntad de la empresa de invertir lo necesario. Piensan conversar directamente con los dueños de BHP Billiton para exponerles el caso y no descartan recurrir a instancias internacionales. "Vamos a luchar hasta las últimas consecuencias por defender nuestros derechos, porque pensamos que el daño es muy grande. Nos ha dañado un patrimonio cultural, que ya no puede ser ocupado como destino turístico. Nuestros padres se han ido con el dolor de haber entregado inocentemente nuestra riqueza", concluyó Fidel Challapa, presidente de la comunidad.


fuente: Daniela Estrada, enviada especial

Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas


Declaración de las Naciones Unidas

sobre los derechos de los pueblos indígenas

Asamblea General ONU




La Asamblea General ,

Guiada por los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas y la buena fe en el cumplimiento de las obligaciones contraídas por los Estados de conformidad con la Carta ,

Afirmando que los pueblos indígenas son iguales a todos los demás pueblos y reconociendo al mismo tiempo el derecho de todos los pueblos a ser diferentes, a considerarse a sí mismos diferentes y a ser respetados como tales,

Afirmando también que todos los pueblos contribuyen a la diversidad y riqueza de las civilizaciones y culturas, que constituyen el patrimonio común de la humanidad,

Afirmando además que todas las doctrinas, políticas y prácticas basadas en la superioridad de determinados pueblos o personas o que la propugnan aduciendo razones de origen nacional o diferencias raciales, religiosas, étnicas o culturales son racistas, científicamente falsas, jurídicamente inválidas, moralmente condenables y socialmente injustas,

Reafirmando que, en el ejercicio de sus derechos, los pueblos indígenas deben estar libres de toda forma de discriminación,

Preocupada por el hecho de que los pueblos indígenas hayan sufrido injusticias históricas como resultado, entre otras cosas, de la colonización y enajenación de sus tierras, territorios y recursos, lo que les ha impedido ejercer, en particular, su derecho al desarrollo de conformidad con sus propias necesidades e intereses,

Consciente de la urgente necesidad de respetar y promover los derechos intrínsecos de los pueblos indígenas, que derivan de sus estructuras políticas, económicas y sociales y de sus culturas, de sus tradiciones espirituales, de su historia y de su concepción de la vida, especialmente los derechos a sus tierras, territorios y recursos,

Consciente también de la urgente necesidad de respetar y promover los derechos de los pueblos indígenas afirmados en tratados, acuerdos y otros arreglos constructivos con los Estados,

Celebrando que los pueblos indígenas se estén organizando para promover su desarrollo político, económico, social y cultural y para poner fin a todas las formas de discriminación y opresión dondequiera que ocurran,

Convencida de que el control por los pueblos indígenas de los acontecimientos que los afecten a ellos y a sus tierras, territorios y recursos les permitirá mantener y reforzar sus instituciones, culturas y tradiciones y promover su desarrollo de acuerdo con sus aspiraciones y necesidades,

Considerando que el respeto de los conocimientos, las culturas y las prácticas tradicionales indígenas contribuye al desarrollo sostenible y equitativo y a la ordenación adecuada del medio ambiente,

Destacando la contribución de la desmilitarización de las tierras y territorios de los pueblos indígenas a la paz, el progreso y el desarrollo económicos y sociales, la comprensión y las relaciones de amistad entre las naciones y los pueblos del mundo,

Reconociendo en particular el derecho de las familias y comunidades indígenas a seguir compartiendo la responsabilidad por la crianza, la formación, la educación y el bienestar de sus hijos, en observancia de los derechos del niño,

Considerando que los derechos afirmados en los tratados, acuerdos y otros arreglos constructivos entre los Estados y los pueblos indígenas son, en algunas situaciones, asuntos de preocupación, interés y responsabilidad internacional, y tienen carácter internacional,

Considerando también que los tratados, acuerdos y demás arreglos constructivos, y las relaciones que éstos representan, sirven de base para el fortalecimiento de la asociación entre los pueblos indígenas y los Estados,

Reconociendo que la Carta de las Naciones Unidas, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (1) y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (1), así como la Declaración y el Programa de Acción de Viena (2) afirman la importancia fundamental del derecho de todos los pueblos a la libre determinación, en virtud del cual éstos determinan libremente su condición política y persiguen libremente su desarrollo económico, social y cultural,

Teniendo presente que nada de lo contenido en la presente Declaración podrá utilizarse para negar a ningún pueblo su derecho a la libre determinación, ejercido de conformidad con el derecho internacional,

Convencida de que el reconocimiento de los derechos de los pueblos indígenas en la presente Declaración fomentará relaciones armoniosas y de cooperación entre los Estados y los pueblos indígenas, basadas en los principios de la justicia, la democracia, el respeto de los derechos humanos, la no discriminación y la buena fe, Alentando a los Estados a que cumplan y apliquen eficazmente todas sus obligaciones para con los pueblos indígenas dimanantes de los instrumentos internacionales, en particular las relativas a los derechos humanos, en consulta y cooperación con los pueblos interesados,

Subrayando que corresponde a las Naciones Unidas desempeñar un papel importante y continuo de promoción y protección de los derechos de los pueblos indígenas,

Considerando que la presente Declaración constituye un nuevo paso importante hacia el reconocimiento, la promoción y la protección de los derechos y las libertades de los pueblos indígenas y en el desarrollo de actividades pertinentes del sistema de las Naciones Unidas en esta esfera,

Reconociendo y reafirmando que las personas indígenas tienen derecho sin discriminación a todos los derechos humanos reconocidos en el derecho internacional, y que los pueblos indígenas poseen derechos colectivos que son indispensables para su existencia, bienestar y desarrollo integral como pueblos,

Reconociendo también que la situación de los pueblos indígenas varía según las regiones y los países y que se debe tener en cuenta la significación de las particularidades nacionales y regionales y de las diversas tradiciones históricas y culturales,

Proclama solemnemente la Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas, cuyo texto figura a continuación, como ideal común que debe perseguirse en un espíritu de solidaridad y respeto mutuo:

Artículo 1
Los indígenas tienen derecho, como pueblos o como personas, al disfrute pleno de todos los derechos humanos y las libertades fundamentales reconocidos por la Carta de las Naciones Unidas, la Declaración Universal de Derechos Humanos (3) y la normativa internacional de los derechos humanos.

Artículo 2
Los pueblos y las personas indígenas son libres e iguales a todos los demás pueblos y personas y tienen derecho a no ser objeto de ninguna discriminación en el ejercicio de sus derechos que esté fundada, en particular, en su origen o identidad indígena.

Artículo 3
Los pueblos indígenas tienen derecho a la libre determinación. En virtud de ese derecho determinan libremente su condición política y persiguen libremente su desarrollo económico, social y cultural.

Artículo 4
Los pueblos indígenas, en ejercicio de su derecho de libre determinación, tienen derecho a la autonomía o el autogobierno en las cuestiones relacionadas con sus asuntos internos y locales, así como a disponer de los medios para financiar sus funciones autónomas.

Artículo 5
Los pueblos indígenas tienen derecho a conservar y reforzar sus propias instituciones políticas, jurídicas, económicas, sociales y culturales, manteniendo a la vez su derecho a participar plenamente, si lo desean, en la vida política, económica, social y cultural del Estado.

Artículo 6
Toda persona indígena tiene derecho a una nacionalidad.

Artículo 7
1. Las personas indígenas tienen derecho a la vida, la integridad física y mental, la libertad y la seguridad de la persona.
2. Los pueblos indígenas tienen el derecho colectivo de vivir en libertad, paz y seguridad como pueblos distintos y no serán sometidos a ningún acto de genocidio ni a ningún otro acto de violencia, incluido el traslado forzado de niños del grupo a otro grupo.

Artículo 8
1. Los pueblos y las personas indígenas tienen derecho a no sufrir la asimilación forzada o la destrucción de su cultura.
2. Los Estados establecerán mecanismos eficaces para la prevención y el resarcimiento de:
a) Todo acto que tenga por objeto o consecuencia privar a los pueblos y las personas indígenas de su integridad como pueblos distintos o de sus valores culturales o su identidad étnica;
b) Todo acto que tenga por objeto o consecuencia enajenarles sus tierras, territorios o recursos;
c) Toda forma de traslado forzado de población que tenga por objeto o consecuencia la violación o el menoscabo de cualquiera de sus derechos;
d) Toda forma de asimilación o integración forzadas;
e) Toda forma de propaganda que tenga como fin promover o incitar a la discriminación racial o étnica dirigida contra ellos.

Artículo 9
Los pueblos y las personas indígenas tienen derecho a pertenecer a una comunidad o nación indígena, de conformidad con las tradiciones y costumbres de la comunidad o nación de que se trate. No puede resultar ninguna discriminación de ningún tipo del ejercicio de ese derecho.

Artículo 10
Los pueblos indígenas no serán desplazados por la fuerza de sus tierras o territorios. No se procederá a ningún traslado sin el consentimiento libre, previo e informado de los pueblos indígenas interesados, ni sin un acuerdo previo sobre una indemnización justa y equitativa y, siempre que sea posible, la opción del regreso.

Artículo 11
1. Los pueblos indígenas tienen derecho a practicar y revitalizar sus tradiciones y costumbres culturales. Ello incluye el derecho a mantener, proteger y desarrollar las manifestaciones pasadas, presentes y futuras de sus culturas, como lugares arqueológicos e históricos, utensilios, diseños, ceremonias, tecnologías, artes visuales e interpretativas y literaturas.
2. Los Estados proporcionarán reparación por medio de mecanismos eficaces, que podrán incluir la restitución, establecidos conjuntamente con los pueblos indígenas, respecto de los bienes culturales, intelectuales, religiosos y espirituales de que hayan sido privados sin su consentimiento libre, previo e informado o en violación de sus leyes, tradiciones y costumbres.

Artículo 12
1. Los pueblos indígenas tienen derecho a manifestar, practicar, desarrollar y enseñar sus tradiciones, costumbres y ceremonias espirituales y religiosas; a mantener y proteger sus lugares religiosos y culturales y a acceder a ellos privadamente; a utilizar y vigilar sus objetos de culto, y a obtener la repatriación de sus restos humanos.
2. Los Estados procurarán facilitar el acceso y/o la repatriación de objetos de culto y de restos humanos que posean mediante mecanismos justos, transparentes y eficaces establecidos conjuntamente con los pueblos indígenas interesados.

Artículo 13
1. Los pueblos indígenas tienen derecho a revitalizar, utilizar, fomentar y transmitir a las generaciones futuras sus historias, idiomas, tradiciones orales, filosofías, sistemas de escritura y literaturas, y a atribuir nombres a sus comunidades, lugares y personas y mantenerlos.
2. Los Estados adoptarán medidas eficaces para garantizar la protección de ese derecho y también para asegurar que los pueblos indígenas puedan entender y hacerse entender en las actuaciones políticas, jurídicas y administrativas, proporcionando para ello, cuando sea necesario, servicios de interpretación u otros medios adecuados.

Artículo 14
1. Los pueblos indígenas tienen derecho a establecer y controlar sus sistemas e instituciones docentes que impartan educación en sus propios idiomas, en consonancia con sus métodos culturales de enseñanza y aprendizaje.
2. Las personas indígenas, en particular los niños indígenas, tienen derecho a todos los niveles y formas de educación del Estado sin discriminación.
3. Los Estados adoptarán medidas eficaces, junto con los pueblos indígenas, para que las personas indígenas, en particular los niños, incluidos los que viven fuera de sus comunidades, tengan acceso, cuando sea posible, a la educación en su propia cultura y en su propio idioma.

Artículo 15
1. Los pueblos indígenas tienen derecho a que la dignidad y diversidad de sus culturas, tradiciones, historias y aspiraciones queden debidamente reflejadas en la educación pública y los medios de información públicos.
2. Los Estados adoptarán medidas eficaces, en consulta y cooperación con los pueblos indígenas interesados, para combatir los prejuicios y eliminar la discriminación y promover la tolerancia, la comprensión y las buenas relaciones entre los pueblos indígenas y todos los demás sectores de la sociedad.

Artículo 16
1. Los pueblos indígenas tienen derecho a establecer sus propios medios de información en sus propios idiomas y a acceder a todos los demás medios de información no indígenas sin discriminación alguna.
2. Los Estados adoptarán medidas eficaces para asegurar que los medios de información públicos reflejen debidamente la diversidad cultural indígena. Los Estados, sin perjuicio de la obligación de asegurar plenamente la libertad de expresión, deberán alentar a los medios de comunicación privados a reflejar debidamente la diversidad cultural indígena.

Artículo 17
1. Las personas y los pueblos indígenas tienen derecho a disfrutar plenamente de todos los derechos establecidos en el derecho laboral internacional y nacional aplicable.
2. Los Estados, en consulta y cooperación con los pueblos indígenas, tomarán medidas específicas para proteger a los niños indígenas contra la explotación económica y contra todo trabajo que pueda resultar peligroso o interferir en la educación del niño, o que pueda ser perjudicial para la salud o el desarrollo físico, mental, espiritual, moral o social del niño, teniendo en cuenta su especial vulnerabilidad y la importancia de la educación para el pleno ejercicio de sus derechos.
3. Las personas indígenas tienen derecho a no ser sometidas a condiciones discriminatorias de trabajo, entre otras cosas, empleo o salario.

Artículo 18
Los pueblos indígenas tienen derecho a participar en la adopción de decisiones en las cuestiones que afecten a sus derechos, por conducto de representantes elegidos por ellos de conformidad con sus propios procedimientos, así como a mantener y desarrollar sus propias instituciones de adopción de decisiones.

Artículo 19
Los Estados celebrarán consultas y cooperarán de buena fe con los pueblos indígenas interesados por medio de sus instituciones representativas antes de adoptar y aplicar medidas legislativas y administrativas que los afecten, para obtener su consentimiento libre, previo e informado.

Artículo 20
1. Los pueblos indígenas tienen derecho a mantener y desarrollar sus sistemas o instituciones políticos, económicos y sociales, a que se les asegure el disfrute de sus propios medios de subsistencia y desarrollo y a dedicarse libremente a todas sus actividades económicas tradicionales y de otro tipo.
2. Los pueblos indígenas desposeídos de sus medios de subsistencia y desarrollo tienen derecho a una reparación justa y equitativa.

Artículo 21
1. Los pueblos indígenas tienen derecho, sin discriminación alguna, al mejoramiento de sus condiciones económicas y sociales, entre otras esferas, en la educación, el empleo, la capacitación y el readiestramiento profesionales, la vivienda, el saneamiento, la salud y la seguridad social.
2. Los Estados adoptarán medidas eficaces y, cuando proceda, medidas especiales para asegurar el mejoramiento continuo de sus condiciones económicas y sociales. Se prestará particular atención a los derechos y necesidades especiales de los ancianos, las mujeres, los jóvenes, los niños y las personas con discapacidades indígenas.

Artículo 22
1. Se prestará particular atención a los derechos y necesidades especiales de los ancianos, las mujeres, los jóvenes, los niños y las personas con discapacidades indígenas en la aplicación de la presente Declaración.
2. Los Estados adoptarán medidas, junto con los pueblos indígenas, para asegurar que las mujeres y los niños indígenas gocen de protección y garantías plenas contra todas las formas de violencia y discriminación.

Artículo 23
Los pueblos indígenas tienen derecho a determinar y a elaborar prioridades y estrategias para el ejercicio de su derecho al desarrollo. En particular, los pueblos indígenas tienen derecho a participar activamente en la elaboración y determinación de los programas de salud, vivienda y demás programas económicos y sociales que les conciernan y, en lo posible, a administrar esos programas mediante sus propias instituciones.

Artículo 24
1. Los pueblos indígenas tienen derecho a sus propias medicinas tradicionales y a mantener sus prácticas de salud, incluida la conservación de sus plantas, animales y minerales de interés vital desde el punto de vista médico. Las personas indígenas también tienen derecho de acceso, sin discriminación alguna, a todos los servicios sociales y de salud.
2. Las personas indígenas tienen derecho a disfrutar por igual del nivel más alto posible de salud física y mental. Los Estados tomarán las medidas que sean necesarias para lograr progresivamente la plena realización de este derecho.

Artículo 25
Los pueblos indígenas tienen derecho a mantener y fortalecer su propia relación espiritual con las tierras, territorios, aguas, mares costeros y otros recursos que tradicionalmente han poseído u ocupado y utilizado de otra forma y a asumir las responsabilidades que a ese respecto les incumben para con las generaciones venideras.

Artículo 26
1. Los pueblos indígenas tienen derecho a las tierras, territorios y recursos que tradicionalmente han poseído, ocupado o de otra forma utilizado o adquirido.
2. Los pueblos indígenas tienen derecho a poseer, utilizar, desarrollar y controlar las tierras, territorios y recursos que poseen en razón de la propiedad tradicional u otra forma tradicional de ocupación o utilización, así como aquellos que hayan adquirido de otra forma.
3. Los Estados asegurarán el reconocimiento y protección jurídicos de esas tierras, territorios y recursos. Dicho reconocimiento respetará debidamente las costumbres, las tradiciones y los sistemas de tenencia de la tierra de los pueblos indígenas de que se trate.

Artículo 27
Los Estados establecerán y aplicarán, conjuntamente con los pueblos indígenas interesados, un proceso equitativo, independiente, imparcial, abierto y transparente, en el que se reconozcan debidamente las leyes, tradiciones, costumbres y sistemas de tenencia de la tierra de los pueblos indígenas, para reconocer y adjudicar los derechos de los pueblos indígenas en relación con sus tierras, territorios y recursos, comprendidos aquellos que tradicionalmente han poseído u ocupado o utilizado de otra forma. Los pueblos indígenas tendrán derecho a participar en este proceso.

Artículo 28
1. Los pueblos indígenas tienen derecho a la reparación, por medios que pueden incluir la restitución o, cuando ello no sea posible, una indemnización justa, imparcial y equitativa, por las tierras, los territorios y los recursos que tradicionalmente hayan poseído u ocupado o utilizado de otra forma y que hayan sido confiscados, tomados, ocupados, utilizados o dañados sin su consentimiento libre, previo e informado.
2. Salvo que los pueblos interesados hayan convenido libremente en otra cosa, la indemnización consistirá en tierras, territorios y recursos de igual calidad, extensión y condición jurídica o en una indemnización monetaria u otra reparación adecuada.

Artículo 29
1. Los pueblos indígenas tienen derecho a la conservación y protección del medio ambiente y de la capacidad productiva de sus tierras o territorios y recursos. Los Estados deberán establecer y ejecutar programas de asistencia a los pueblos indígenas para asegurar esa conservación y protección, sin discriminación alguna.
2. Los Estados adoptarán medidas eficaces para garantizar que no se almacenen ni eliminen materiales peligrosos en las tierras o territorios de los pueblos indígenas sin su consentimiento libre, previo e informado.
3. Los Estados también adoptarán medidas eficaces para garantizar, según sea necesario, que se apliquen debidamente programas de control, mantenimiento y restablecimiento de la salud de los pueblos indígenas afectados por esos materiales, programas que serán elaborados y ejecutados por esos pueblos.

Artículo 30
1. No se desarrollarán actividades militares en las tierras o territorios de los pueblos indígenas, a menos que lo justifique una amenaza importante para el interés público pertinente o que se hayan acordado libremente con los pueblos indígenas interesados, o que éstos lo hayan solicitado.
2. Los Estados celebrarán consultas eficaces con los pueblos indígenas interesados, por los procedimientos apropiados y en particular por medio de sus instituciones representativas, antes de utilizar sus tierras o territorios para actividades militares.

Artículo 31
1. Los pueblos indígenas tienen derecho a mantener, controlar, proteger y desarrollar su patrimonio cultural, sus conocimientos tradicionales, sus expresiones culturales tradicionales y las manifestaciones de sus ciencias, tecnologías y culturas, comprendidos los recursos humanos y genéticos, las semillas, las medicinas, el conocimiento de las propiedades de la fauna y la flora, las tradiciones orales, las literaturas, los diseños, los deportes y juegos tradicionales, y las artes visuales e interpretativas. También tienen derecho a mantener, controlar, proteger y desarrollar su propiedad intelectual de dicho patrimonio cultural, sus conocimientos tradicionales y sus expresiones culturales tradicionales.
2. Conjuntamente con los pueblos indígenas, los Estados adoptarán medidas eficaces para reconocer y proteger el ejercicio de estos derechos.

Artículo 32
1. Los pueblos indígenas tienen derecho a determinar y elaborar las prioridades y estrategias para el desarrollo o la utilización de sus tierras o territorios y otros recursos.
2. Los Estados celebrarán consultas y cooperarán de buena fe con los pueblos indígenas interesados por conducto de sus propias instituciones representativas a fin de obtener su consentimiento libre e informado antes de aprobar cualquier proyecto que afecte a sus tierras o territorios y otros recursos, particularmente en relación con el desarrollo, la utilización o la explotación de recursos minerales, hídricos o de otro tipo.
3. Los Estados establecerán mecanismos eficaces para la reparación justa y equitativa por esas actividades, y se adoptarán medidas adecuadas para mitigar sus consecuencias nocivas de orden ambiental, económico, social, cultural o espiritual.

Artículo 33
1. Los pueblos indígenas tienen derecho a determinar su propia identidad o pertenencia conforme a sus costumbres y tradiciones. Ello no menoscaba el derecho de las personas indígenas a obtener la ciudadanía de los Estados en que viven.
2. Los pueblos indígenas tienen derecho a determinar las estructuras y a elegir la composición de sus instituciones de conformidad con sus propios procedimientos.

Artículo 34
Los pueblos indígenas tienen derecho a promover, desarrollar y mantener sus estructuras institucionales y sus propias costumbres, espiritualidad, tradiciones, procedimientos, prácticas y, cuando existan, costumbres o sistemas jurídicos, de conformidad con las normas internacionales de derechos humanos.

Artículo 35
Los pueblos indígenas tienen derecho a determinar las responsabilidades de los individuos para con sus comunidades.

Artículo 36
1. Los pueblos indígenas, en particular los que están divididos por fronteras internacionales, tienen derecho a mantener y desarrollar los contactos, las relaciones y la cooperación, incluidas las actividades de carácter espiritual, cultural, político, económico y social, con sus propios miembros así como con otros pueblos a través de las fronteras.
2. Los Estados, en consulta y cooperación con los pueblos indígenas, adoptarán medidas eficaces para facilitar el ejercicio y garantizar la aplicación de este derecho.

Artículo 37
1. Los pueblos indígenas tienen derecho a que los tratados, acuerdos y otros arreglos constructivos concertados con los Estados o sus sucesores sean reconocidos, observados y aplicados y a que los Estados acaten y respeten esos tratados, acuerdos y otros arreglos constructivos.
2. Nada de lo señalado en la presente Declaración se interpretará en el sentido de que menoscaba o suprime los derechos de los pueblos indígenas que figuren en tratados, acuerdos y otros arreglos constructivos.

Artículo 38
Los Estados, en consulta y cooperación con los pueblos indígenas, adoptarán las medidas apropiadas, incluidas medidas legislativas, para alcanzar los fines de la presente Declaración.

Artículo 39
Los pueblos indígenas tienen derecho a la asistencia financiera y técnica de los Estados y por conducto de la cooperación internacional para el disfrute de los derechos enunciados en la presente Declaración.

Artículo 40
Los pueblos indígenas tienen derecho a procedimientos equitativos y justos para el arreglo de controversias con los Estados u otras partes, y a una pronta decisión sobre esas controversias, así como a una reparación efectiva de toda lesión de sus derechos individuales y colectivos. En esas decisiones se tendrán debidamente en consideración las costumbres, las tradiciones, las normas y los sistemas jurídicos de los pueblos indígenas interesados y las normas internacionales de derechos humanos.

Artículo 41
Los órganos y organismos especializados del sistema de las Naciones Unidas y otras organizaciones intergubernamentales contribuirán a la plena realización de las disposiciones de la presente Declaración mediante la movilización, entre otras cosas, de la cooperación financiera y la asistencia técnica. Se establecerán los medios de asegurar la participación de los pueblos indígenas en relación con los asuntos que les conciernan.

Artículo 42
Las Naciones Unidas, sus órganos, incluido el Foro Permanente para las
Cuestiones Indígenas, y los organismos especializados, en particular a nivel local, así como los Estados, promoverán el respeto y la plena aplicación de las disposiciones de la presente Declaración y velarán por la eficacia de la presente Declaración.

Artículo 43
Los derechos reconocidos en la presente Declaración constituyen las normas mínimas para la supervivencia, la dignidad y el bienestar de los pueblos indígenas del mundo.

Artículo 44
Todos los derechos y las libertades reconocidos en la presente Declaración se garantizan por igual al hombre y a la mujer indígenas.

Artículo 45
Nada de lo contenido en la presente Declaración se interpretará en el sentido de que menoscaba o suprime los derechos que los pueblos indígenas tienen en la actualidad o puedan adquirir en el futuro.

Artículo 46
1. Nada de lo señalado en la presente Declaración se interpretará en el sentido de que confiere a un Estado, pueblo, grupo o persona derecho alguno a participar en una actividad o realizar un acto contrarios a la Carta de las Naciones Unidas o se entenderá en el sentido de que autoriza o fomenta acción alguna encaminada a quebrantar o menoscabar, total o parcialmente, la integridad territorial o la unidad política de Estados soberanos e independientes.
2. En el ejercicio de los derechos enunciados en la presente Declaración, se respetarán los derechos humanos y las libertades fundamentales de todos. El ejercicio de los derechos establecidos en la presente Declaración estará sujeto exclusivamente a las limitaciones determinadas por la ley y con arreglo a las obligaciones internacionales en materia de derechos humanos. Esas limitaciones no serán discriminatorias y serán sólo las estrictamente necesarias para garantizar el reconocimiento y respeto debidos a los derechos y las libertades de los demás y para satisfacer las justas y más apremiantes necesidades de una sociedad democrática.
3. Las disposiciones enunciadas en la presente Declaración se interpretarán con arreglo a los principios de la justicia, la democracia, el respeto de los derechos humanos, la igualdad, la no discriminación, la buena administración pública y la buena fe.







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